EstudiantesISTLyR-owner@gruposyahoo.com.ar
Estatuto del
Centro de Estudiantes del
I. S. T. L. y R.1ro.- Declaración de Principios y Objetivos.
Artículo 1°:
El Centro de Estudiantes es un Organismo de carácter democrático y representativo que agrupa a los alumnos del Instituto; independiente de las autoridades. No hay límite para su existencia y subsistirá mientras disponga de capacidad y medios para cumplir sus fines.Artículo 2°: Sus Objetivos son:
A.- Promover la participación en todos los actos que tengan que ver con el desarrollo de la comunidad educativa;
B.- Representar a los estudiantes en el Consejo Consultivo y Directivo;
C.- Trabajar conjuntamente con la RE_-COPE;
D.- Profundizar la discusión y la difusión de la Problemática del Tiempo Libre y la Recreación;
E.- Apoyar la educación pública y gratuita;
F.- Fomentar el espíritu de unión y confraternidad de todos los estudiantes del país;
G.- Fomentar el intercambio de ideas con otras instituciones que estén ligadas a la educación;
H.- Elevar el nivel académico del Instituto.
Artículo 3°: Puede afiliarse a una o más federaciones de centros de carácter estudiantil, debiendo cumplir con sus disposiciones estatuidas y regimentadas en cuanto no se oponga a este Estatuto y siempre que no existan incompatibilidades entre dichas federaciones.
Artículo 4°: Para realizar estos propósitos el Centro empleará entre otros medios los siguientes:
A.- Sostendrá una tribuna libre, organizando conferencias y ciclos sobre temas técnicos, científicos y de carácter general y cultural;
B.- Publicará libros y apuntes que faciliten el estudio de sus asociados;
C.- Conformará comisiones en las distintas áreas para la operatividad de los distintos asuntos y para propiciar la participación de todos los estudiantes del Instituto.
2do.- Estructura del Centro.
Artículo 1°:
El Cuerpo de Delegados será el medio por el cual los estudiantes representados por sus delegados encausarán los problemas relativos a la vida diaria del Instituto para su resolución.Artículo 2°: Son deberes y derechos de los delegados de curso:
A.- Participar de las reuniones de Delegados de curso;
B.- Representar y llevar las propuestas de su curso al Cuerpo de Delegados;
C.- Los Delegados deberán conocer los Estatutos del Centro.
Artículo 3°: Son deberes y derechos del Cuerpo de Delegados:
A.- Autoconvocarse cuando lo crea necesario, estableciendo su Reglamento Interno;
B.- Discutirá y resolverá las propuestas que surjan en los cursos;
C.- Elegirá su propia dirección.
Artículo 4°: De las votaciones de Delegados:
A.- Cada ciclo elegirá un Delegado Titular y dos Suplentes por medio del voto secreto y directo;
B.- El Delegado durará un cuatrimestre en sus funciones;
C.- En las reuniones del Cuerpo de Delegados los Titulares tendrán voz y voto. Los Suplentes sólo voz.
Artículo 5°: Del Cuerpo de Delegados:
El mismo contará con una Comisión Directiva formada por: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales.
Artículo 6°: Sus funciones serán:
Presidente: Representar al Centro de Delegados en todos sus actos;
Presidir las reuniones del Centro de Estudiantes y las Asambleas;
Firmar las Actas, correspondencia y autorizar los pagos;
Convocar a Asambleas Extraordinarias en casos de necesidad.
Vicepresidente: Colaborará con el presidente en todas las cuestiones del Centro, remplazándolo cuando estuviera ausente;
Coordinar las tareas entre las subcomisiones y controlar su funcionamiento;
Redactar la correspondencia y documentos del Centro, suscribiéndolos con el Presidente;
Hacer públicas las comunicaciones de la Comisión Directiva y de la Asambleas.
Secretario: Redactar las actas de las reuniones del Cuerpo de Delegados y Asambleas, hacerlas aprobar y darlas a publicidad.
Tesorero: Administrar las finanzas, como así los gastos efectuados.
Vocales: Encabezar las subcomisiones en las que podrán trabajar todos los estudiantes.
a) Asuntos Estudiantiles;
b) Asuntos Culturales;
c) Relaciones con la RECOPE
* Todos los miembros participan activamente en otros asuntos, más allá de sus funciones y acorde a las necesidades que surjan en su momento.
3ro.- De la forma de votación de la Comisión Directiva.
Artículo 1°:
El Cuerpo de Delegados designará los cargos, la elección será sin listas, con postulantes a cada cargo por mayoría simple.4to.- De las subcomisiones.
Artículo 1°:
Se formarán para el mejor desarrollo de las actividades y canalizar las propuestas que les correspondan.Artículo 2°: Serán coordinadas por un vocal y serán integradas por todos los estudiantes interesados.
5to.- De los Delegados al Consejo Consultivo.
Artículo 1°:
Serán elegidos en Asamblea General por voto secreto y directo.Artículo 2°: Tendrán la obligación de asistir a las reuniones del Cuerpo de Delegados. Durarán un cuatrimestre en sus funciones.
6to.- De la Reforma del Estatuto.
Artículo 1°:
Este Estatuto podrá ser modificado o reformado en su totalidad o parcialidad cuando fuera necesario.Sólo se podrá efectuar dichas reformas con la aceptación de la mayoría del Cuerpo de Delegados.
Arriba |Proyecto |Comisiones |Conformación |Estatuto Vigente |Seminario sobre "Violencia y Recreación" |Informe publicado por Centro de Estudiantes