EstudiantesISTLyR-owner@gruposyahoo.com.ar


Estatuto del
Centro de Estudiantes del
I. S. T. L. y R.

1ro.- Declaración de Principios y Objetivos.

Artículo 1°: El Centro de Estudiantes es un Organismo de carácter democrático y representativo que agrupa a los alumnos del Instituto; independiente de las autoridades. No hay límite para su existencia y subsistirá mientras disponga de capacidad y medios para cumplir sus fines.

Artículo 2°: Sus Objetivos son:

A.- Promover la participación en todos los actos que tengan que ver con el desarrollo de la comunidad educativa;

B.- Representar a los estudiantes en el Consejo Consultivo y Directivo;

C.- Trabajar conjuntamente con la RE_-COPE;

D.- Profundizar la discusión y la difusión de la Problemática del Tiempo Libre y la Recreación;

E.- Apoyar la educación pública y gratuita;

F.- Fomentar el espíritu de unión y confraternidad de todos los estudiantes del país;

G.- Fomentar el intercambio de ideas con otras instituciones que estén ligadas a la educación;

H.- Elevar el nivel académico del Instituto.

Artículo 3°: Puede afiliarse a una o más federaciones de centros de carácter estudiantil, debiendo cumplir con sus disposiciones estatuidas y regimentadas en cuanto no se oponga a este Estatuto y siempre que no existan incompatibilidades entre dichas federaciones.

Artículo 4°: Para realizar estos propósitos el Centro empleará entre otros medios los siguientes:

A.- Sostendrá una tribuna libre, organizando conferencias y ciclos sobre temas técnicos, científicos y de carácter general y cultural;

B.- Publicará libros y apuntes que faciliten el estudio de sus asociados;

C.- Conformará comisiones en las distintas áreas para la operatividad de los distintos asuntos y para propiciar la participación de todos los estudiantes del Instituto.

2do.- Estructura del Centro.

Artículo 1°: El Cuerpo de Delegados será el medio por el cual los estudiantes representados por sus delegados encausarán los problemas relativos a la vida diaria del Instituto para su resolución.

Artículo 2°: Son deberes y derechos de los delegados de curso:

A.- Participar de las reuniones de Delegados de curso;

B.- Representar y llevar las propuestas de su curso al Cuerpo de Delegados;

C.- Los Delegados deberán conocer los Estatutos del Centro.

Artículo 3°: Son deberes y derechos del Cuerpo de Delegados:

A.- Autoconvocarse cuando lo crea necesario, estableciendo su Reglamento Interno;

B.- Discutirá y resolverá las propuestas que surjan en los cursos;

C.- Elegirá su propia dirección.

Artículo 4°: De las votaciones de Delegados:

A.- Cada ciclo elegirá un Delegado Titular y dos Suplentes por medio del voto secreto y directo;

B.- El Delegado durará un cuatrimestre en sus funciones;

C.- En las reuniones del Cuerpo de Delegados los Titulares tendrán voz y voto. Los Suplentes sólo voz.

Artículo 5°: Del Cuerpo de Delegados:

El mismo contará con una Comisión Directiva formada por: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales.

Artículo 6°: Sus funciones serán:

Presidente: Representar al Centro de Delegados en todos sus actos;

Presidir las reuniones del Centro de Estudiantes y las Asambleas;

Firmar las Actas, correspondencia y autorizar los pagos;

Convocar a Asambleas Extraordinarias en casos de necesidad.

Vicepresidente: Colaborará con el presidente en todas las cuestiones del Centro, remplazándolo cuando estuviera ausente;

Coordinar las tareas entre las subcomisiones y controlar su funcionamiento;

Redactar la correspondencia y documentos del Centro, suscribiéndolos con el Presidente;

Hacer públicas las comunicaciones de la Comisión Directiva y de la Asambleas.

Secretario: Redactar las actas de las reuniones del Cuerpo de Delegados y Asambleas, hacerlas aprobar y darlas a publicidad.

Tesorero: Administrar las finanzas, como así los gastos efectuados.

Vocales: Encabezar las subcomisiones en las que podrán trabajar todos los estudiantes.

a) Asuntos Estudiantiles;

b) Asuntos Culturales;

c) Relaciones con la RECOPE

* Todos los miembros participan activamente en otros asuntos, más allá de sus funciones y acorde a las necesidades que surjan en su momento.

3ro.- De la forma de votación de la Comisión Directiva.

Artículo 1°: El Cuerpo de Delegados designará los cargos, la elección será sin listas, con postulantes a cada cargo por mayoría simple.

4to.- De las subcomisiones.

Artículo 1°: Se formarán para el mejor desarrollo de las actividades y canalizar las propuestas que les correspondan.

Artículo 2°: Serán coordinadas por un vocal y serán integradas por todos los estudiantes interesados.

5to.- De los Delegados al Consejo Consultivo.

Artículo 1°: Serán elegidos en Asamblea General por voto secreto y directo.

Artículo 2°: Tendrán la obligación de asistir a las reuniones del Cuerpo de Delegados. Durarán un cuatrimestre en sus funciones.

6to.- De la Reforma del Estatuto.

Artículo 1°: Este Estatuto podrá ser modificado o reformado en su totalidad o parcialidad cuando fuera necesario.

Sólo se podrá efectuar dichas reformas con la aceptación de la mayoría del Cuerpo de Delegados.


Arriba | Proyecto | Comisiones | Conformación | Estatuto Vigente | Seminario sobre "Violencia y Recreación" | Informe publicado por Centro de Estudiantes